¿EN QUÉ INFLUYE EN EL MATRIMONIO EN RÉGIMEN DE GANANCIALES EL ACOGIMIENTO A LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?
Si estás casado o casada en régimen de gananciales y te acoges a la Ley de Segunda Oportunidad, esta ley se aplicará tanto a tus deudas personales como a las deudas comunes del matrimonio.
La Ley de Segunda Oportunidad permite a las personas físicas, incluyendo a los matrimonios, solicitar un proceso de cancelación de sus deudas cuando se encuentren en una situación de insolvencia y no puedan hacer frente a sus obligaciones.
En el caso de que te acojas a esta ley estando casado en régimen de gananciales, se contempla la posibilidad de que tú y tu cónyuge soliciten la cancelación de sus deudas de forma conjunta. Esto implica que ambos deberán cumplir los requisitos establecidos por la ley para poder acceder a esta cancelación.
Es importante tener en cuenta que, al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, se establecerá un plan de pagos y seguimiento de la situación económica de la pareja durante un periodo determinado. Durante este periodo, se tendrán en cuenta los ingresos y gastos de ambos cónyuges para determinar las cuotas que deberán pagar hacia la cancelación de las deudas.
¿PUEDO TRABAJAR DURANTE Y DESPUÉS DEL PROCEDIMIENTO?
Sí, puedes seguir trabajando después de la Ley de Segunda Oportunidad. La Ley de Segunda Oportunidad es una legislación que permite a los individuos con deudas insuperables obtener una cancelación de sus deudas y una oportunidad para comenzar de nuevo financieramente. Esta ley no prohíbe que las personas continúen trabajando.
¿CUANTO TIEMPO DEMORA EL PROCESO?
El tiempo que demora el proceso puede variar dependiendo de cada caso, pero generalmente puede oscilar entre 1 y 2 años.
¿QUÉ OCURRE SI NO SE LOGRA UN ACUERDO CON LOS ACREEDORES?
En caso de no lograr un acuerdo con los acreedores, se iniciará un proceso concursal, en el cual un juez determinará la forma de reestructurar o liquidar las deudas.
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Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad es considerado el mecanismo legal que permite a particulares y autónomos lograr una cancelación parcial o total de las deudas. ¿Cómo pueden nuestros abogados de Barcelona ayudarles a hacerlo? Sólo es necesario cumplir con todos los requisitos que exige la ley de Segunda Oportunidad para que el proceso salga de forma favorable y así cancelar las deudas,
El objetivo de la aplicación de la ley concursal es la de promover una economía más estable ya que favorece el reinicio de la vida empresarial y personal ayudando a las personas a que tengs una nueva oportunidad que brinde a la sociedad la posibilidad de crear nuevos empleos y fuentes de ingresos. Nuestros Abogados de Barcelona expertos en la ley de Segunda Oportunidad y en la Cancelación de Deudas le pueden ayudar a conseguirlo.
Nuestros abogados de Barcelona le ayudarán a entender como funciona la Ley de Segunda Oportunidad y como conseguir cancelar la deuda que no puede pagar acogiéndose a ella. Debe tener en cuenta los siguientes requisitos:
Cuantía de la deuda
La ley no establece una cuantía mínima para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y poder cancelar la deuda si bien podemos decir, por experiencia, que la cuantía significativa para iniciar los trámites se inicia en los 10.000 o 12.000 euros
Recordemos además que la Ley de Segunda Oportunidad puede llegar a exonerar deudas de hasta cinco millones de euros.
Patrimonio del deudor
Una de las preguntas más frecuentes en cuanto a patrimonio es: ¿Puedo perder mi vivienda si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad? La respuesta a esta interrogante es depende.
En algunos supuestos se puede conservar la vivienda: cuando el valor de la hipoteca es superior al valor de mercado del inmueble o cuando la venta o traspaso del propio inmueble suponga un empeoramiento de la situación económica de la persona. Existen otras situaciones donde se puede conservar el patrimonio. Nuestros abogados de Barcelona le podrán ayudar a analizar su situación concreta para analizar la mejor solución económica y jurídica que le permita volver a empezar una vida sin deuda.
Aunque la totalidad de las hipotecas no reciben el amparo de esta norma, en el caso de que se realice la ejecución hipotecaria y el dinero no sea suficiente para saldar la deuda, la deuda restante sí será posible de exonerar. La consecuencia, si eres el deudor, es que, uniendo la hipoteca y los beneficios de la Ley de segunda oportunidad, entregando la vivienda hipotecada habrás saldado todas las deudas.
Como vemos, con la entrada en vigor de esta Ley de Segunda Oportunidad, la parte proporcional de la hipoteca que no se cubre con la entrega del inmueble sí podría quedar exonerada con los beneficios de dicha ley. Una de las cuestiones que se pretende potenciar es la llamada ‘dación en pago’: se trata de un acuerdo de voluntades realizado entre la entidad financiera acreedora y el deudor titular de un inmueble.
El deudor puede entregar la propiedad a la entidad financiera, tras un informe previo de tasación; a su vez, la entidad lo acepta, extinguiéndose de esta forma la deuda. Como vemos, se trata de una magnífica oportunidad para el deudor, y también una buena solución para la entidad financiera; una solución muy positiva, donde ambas partes ganan
Buena fe del deudor
La buena fe del deudor es el requisito principal de la Ley de Segunda Oportunidad tal y como les explicarán nuestros abogados expertos en la Ley de Segunda Oportunidad de Barcelona.
¿Cómo se demuestra la buena fe del deudor? La buena fe del deudor se refleja en todas las etapas del procedimiento de la ley concursal. Demostrando siempre que la persona tiene intención de pagar pero que no puede hacer frente a los pagos por la situación actual en la que se encuentra. Además, que dicha persona física no cuenta con ningún bien o inmueble con los cuales hacer frente a las deudas. Se puede cancelar la deuda pero se debe intentar pagar con los bienes que tengamos antes de el Juez conceda la cancelación definitiva.
Por ello se considera un acto de buena fe que haya tratado de alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores antes de iniciar la etapa de concurso consecutivo, que no se encuentre en esa situación de insolvencia a propósito y que no haya rechazado una oferta de empleo de acuerdo a sus capacidades en los últimos cuatro años.
No tener antecedentes penales
Otro de los requisitos para poder beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad es el no tener antecedentes penales de tipo socioeconómico.
¿Esto que significa? Que no se pueden tener delitos penales contra el patrimonio y el orden socioeconómico como son el robo o hurto, extorsión, daños a propiedad ajena, fraude, alzamiento de bienes, administración fraudulenta, etcétera. Tampoco puede haberse declarado culpable de algún delito contra la Hacienda y la Seguridad Social, ni de falsedad documental, ni contra los derechos de los trabajadores. En caso de tener delitos de este tipo no se podrá acoger a la Ley de Segunda Oportunidad.
Hay supuestos en que tal vez tengamos un antecedente penal del que pueda solicitarse la prescripción por lo que es importante que se informe con nuestros abogados expertos en la Ley de Segunda Oportunidad
Segunda Oportunidad de Barcelona.
¿Cómo es el proceso para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad España es una ley que protege al deudor, persona física o autónomo desde el año 2015. El objetivo principal es que aquellos que se encuentran en estado de insolvencia no queden fuera del sistema. Es decir, que tengan la posibilidad de volver a comenzar sin acumular sus deudas eternamente.
Se trata de un procedimiento que se equipara al conocido Concurso de Acreedores muy utilizado en las empresas. Las personas físicas que se adhieran deberán transitar por las diferentes fases: acuerdo extrajudicial, concurso de acreedores, fase de liquidación y solicitud de la exoneración de sus deudas.
Una de las grandes ventajas de esta nueva ley es que, desde el momento de presentación, se paralizan todas las medidas ejecutivas. Por lo tanto, se otorga a los deudores un tiempo en el que no sumarán intereses y tendrán la tranquilidad de no ser embargados.
El proceso de Ley de Segunda Oportunidad se divide en tres momentos fundamentales.
La primera etapa para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es la documental donde debemos presentar la demanda que reúne toda la información necesaria para poder iniciar el trámite. Dicha información incluirá datos identificativos del deudor: relacionados con su situación personal, laboral y familiar. De igual forma, se deberán tener reflejados datos sobre bienes o inmuebles con los que cuente el deudor y por último una lista de los acreedores a los que deba dinero.
El objetivo de este modelo es crear un perfil sobre la situación global del deudor teniendo en cuenta todos sus datos y facilitar el desarrollo del proceso de Ley de Segunda Oportunidad.
Intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial
La fase del acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores se lleva a cabo por un mediador. La función del mediador será la de presentar un plan de pagos que ofrecerá el deudor para intentar hacer frente a las deudas que tiene, pero desde sus posibilidades de pago.
Este plan de pagos propuesto puede ser o no aprobado por los acreedores, y la planificación de cuotas no puede superar los 10 años, así como la negociación del mediador concursal con los acreedores tampoco debe alargarse más de dos meses.
Generalmente, estos planes de pagos no son aprobados por los acreedores ya que presentan quitas que pueden alcanzar hasta un 90% de la deuda y porque debe ser aprobada por una gran mayoría de los propios acreedores.
Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho
Al terminar la fase del acuerdo extrajudicial, se pasa a la fase de concurso consecutivo donde se comienza por realizar la liquidación ordenada del patrimonio o activos de deudor (en caso de que existan propiedades o activos) y luego al BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho).
Cuando no se cuentan con activos o propiedades, se declara el BEPI y el juez emite un auto judicial exonerándonos de pago de las deudas por la insuficiencia de masa activa.
Posibles beneficiarios de la Ley de la Segunda Oportunidad
La Ley de la Segunda Oportunidad está destinada a personas particulares y autónomos, personas físicas, consumidores en general y familias con exceso de deudas. Hasta el año 2015 en que se puso en vigor, estas personas debían afrontar sus deudas con su patrimonio actual y futuro. Afortunadamente, ya hay una solución muy efectiva para personas y familias.
A partir de la nueva Ley, estos colectivos tienen la misma oportunidad de las grandes empresas cuando se presentan en concurso de acreedores. La Ley se aplica sobre las deudas ordinarias y las subordinadas, lo que facilita a los deudores una salida airosa a su situación económica
Como se puede observar, lo que esta Ley pretende es una especie de justicia social, poniendo en condiciones de igualdad a la persona física con la persona jurídica (concurso de acreedores, quita y espera, etc.). Siguiendo el principio de responsabilidad patrimonial del Código Civil, se trata de que un deudor de buena fe que cae en una grave situación de insolvencia por factores que le son ajenos, pueda comenzar de cero y tener una oportunidad de rehacer su situación.
NOVEDADES DE LA LEGISLACIÓN DE 2015 DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
El Real Decreto 1/15 de mecanismo de Segunda Oportunidad, reducción de cargas financieras y otras medidas de orden social es la nueva ley para deudores. En su marco se establecen los requisitos y condiciones para que miles de familias españolas puedan salir de sus deudas:
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Situación de insolvencia actual o inminente
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Deudas que no superen los 5 millones de euros
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Actuar de buena fe
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No ser declarado culpable en el concurso
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Haber intentado acuerdos extrajudiciales
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No haber recibido el beneficio de la Segunda Oportunidad en los últimos diez años anteriores a la solicitud
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No tener condenas por delitos económicos o de falsedad documental en los diez años previos a la presentación
Nuestros abogados le ayudarán a entender como cancelar sus deudas aplicando la Ley de Segunda Oportunidad.
Debemos tener en cuenta que la legislación actual ha simplificado los trámites para conseguir cancelar las deudas que no se pueden pagar.
Ahora, los deudores sólo necesitan demostrar que se encuentran en situación de insolvencia y se ha eliminado la obligación de tener un mediador concursal y de hacer una fase extrajudicial en Notario, lo que reduce, además del tiempo, los costes del proceso.
Suspensión Temporal de las Ejecuciones
Otra actualización importante de la Ley de Segunda Oportunidad en España es la posibilidad de solicitar la suspensión temporal de las ejecuciones hipotecarias o de otro tipo de créditos mientras se está en el proceso de negociación de un acuerdo extrajudicial de pagos o en el proceso de la declaración de concurso de acreedores. Esta medida se ha diseñado para evitar que los deudores pierdan sus viviendas o bienes en el proceso de negociación de sus deudas.
Cancelación directa de hasta 10.000 euros en deudas de Hacienda y Seguridad Social
La nueva normativa permite la cancelación de hasta 10.000 euros de Hacienda y otros 10.000 euros de Seguridad Social.